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Conferencia médica.


Secuelas neurológicas por COVID 19

El Dr. Arturo Contreras Marín, neurólogo clínico, te dice cuáles son y cómo se tratan

El término Covid Prolongado fue utilizado para hacer referencia a los síntomas que aparecen después de la infección, es decir, que hay varios tipos de evidencia para demostrar un curso de enfermedad más larga y compleja que la que se presentó en los informes iniciales de Wuhan.

Por su parte, el llamado Síndrome de Covid post-agudo hace referencia a un curso prolongado con síntomas que prevalecen hasta tres semanas después del inicio de las manifestaciones.

Sin embargo, también existe el Covid crónico, el cual hace referencia a los síntomas que pueden durar hasta más allá de las 12 semanas, si tomamos en cuenta la evolución clínica de la infección y la capacidad replicativa de COVID.

Los síntomas más comunes son:

Fatiga

Tos

Fiebre

Mialgia

Ageusia

Este último síntoma puede variar en el Covid post-agudo, ya que la ageusia continua y mejora la detección de olores, pero no en la diferenciación.

En la etapa de síndrome post-covid continúan:

La fatiga

La debilidad muscular

La dificultad para dormir

La ansiedad o depresión

La anomalía de difusión pulmonar .

Síntomas neurológicos

Entre los efectos secundarios del Covid destacan los síntomas neurológicos, como los que se mencionan a continuación:

Deterioro cognitivo

Niebla mental

Pérdida de memoria y de concentración

Dolor de cabeza

Insomnio

Hormigueos y entumecimientos de los músculos

Mareos

Delirios, en el caso de los adultos mayores

Hay también que enfatizar que el virus ataca a diferentes órganos como pulmones, riñones y el sistema cardiovascular también pérdida de movilidad en los músculos por pérdida de masa muscular y no hay que dejar de lado la depresión y la ansiedad.

Recordemos que la pandemia aún no termina, por ello es recomendable que sigamos utilizando cubrebocas

Para más información o citas:

Contacto Torre Diamante

5to Piso

Consultorio 500-A

Tel: 5572 58 59 94

Hospital San Ángel Inn

Av. Chapultepec 489

Consultorio 401

5559 227823

Redes sociales:

Facebook: @drarturocontreras

Página web: drarturocontreras.com


Defensa legal por demandas de paciente y COFEPRIS


Lic. José Luis Orrante Campuzano, de Campuzano & Orrante/LegalAssistant, explica qué es y cómo es el proceso

El acto médico consiste en la recuperación del paciente, mediante la profesionalidad, solo el profesional legalmente autorizado es el único que puede ejercer un acto médico, conforme a la ley LEX ARTIS MÉDICA, que hace referencia al conjunto de prácticas médicas.

¿Qué es la responsabilidad? Es un vocablo que viene del latín “ responsum” que significa estar obligado , un doctor por su responsabilidad está obligado y tiene la virtud de tomar ciertas decisiones de manera consciente y responsable ,Además está obligado a hacerse responsable de sus actos o errores ya sean involuntarios o voluntario en el ejercicio de su profesión .

También es importante el consentimiento informado de parte del doctor, y que expresa la conformidad del paciente, así como la comunicación y la información es decir se tiene que explicar al paciente el procedimiento de diagnóstico y terapéutico, dando a conocer riesgos, beneficios y alternativas para que el paciente pueda tomar una decisión acertada y de una manera libre.

La responsabilidad penal a la que se puede enfrentar un médico que caiga en alguna irregularidad puede ir desde la inhabilitación o incluso penas de cárcel de entre 6 a 12 años de prisión.

La responsabilidad civil es aquella obligación de una persona que ha causado a otra un daño y se debe reparar o recompensar ese daño normalmente de una manera económica y esto es una obligación.

Cuales son los tipos de daños que pueden aparecer en los tratamientos y diagnósticos médicos:

Negligencia: acción u omisión que ocasione una consecuencia perjudicial.

impericia: Falta de conocimientos técnicos, sabiduría, experiencia y habilidad en el ejercicio de la profesión.

Dolo: Intención o voluntad dirigida a ocasionar un resultado con intención de dañar.

Imprudencia: Descuido en la atención requerida para la realización de acciones o haber previsto sus consecuencias.

Ignorancia: es el desconocimiento de un hecho, cosa técnica u oficio particular.

La Cofepris en el órgano regulador de todas las técnicas médicas y además es la encargada de la protección contra riesgos sanitarios y fue creada para proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos de salud, así como a exposición de factores ambientales y laborales, la ocurrencia de emergencias sanitarias y la prestación de servicios de salud mediante la regulación, control y prevención. La Cofepris es además la encargada de regular, el Marketing y la propaganda tradicional que generalmente se hace en medios masivos de comunicación como radio o tv, así que para realizar la publicidad correspondiente se debe tener un permiso emitido por esta institución.

Si quieres realizar una cita:, puedes hacerlo eontacto

@campuzanoyorrante

Contacto al 562675 1938





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